"El derecho a la alimentación ya no es un derecho olvidado" – el Relator Especial de la ONU elogia una década de progreso

[25 de octubre de 2013] NEW YORK / GINEBRA – En su informe final ante la Asamblea General de la ONU, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación, Olivier De Schutter, ha acogido con satisfacción "el resurgimiento de los derechos" que ha podido seguir atentamente en todo el mundo durante la última década.

En palabras del Relator, “en un momento en el que coexisten múltiples visiones, en ocasiones opuestas, de la seguridad alimentaria, resulta impresionante ver cómo tantos Estados adoptan leyes, políticas y estrategias para la realización del derecho a la alimentación, y ver también a tantas personas avanzar imparables en lo que ahora es un movimiento mundial en defensa del derecho a la alimentación".

Olivier De Schutter afirmó: “considerar la alimentación como un derecho humano refuerza la coherencia y el sentimiento de responsabilidad; ayuda a acortar diferencias pues sitúa la seguridad alimentaria de todos los ciudadanos en el núcleo de cualquier jerarquía de toma de decisiones; y convierte precisamente esta toma de decisiones en un proceso participativo y responsable”.

“He podido constatar que las leyes y políticas de seguridad alimentaria basadas en prerrogativas y derechos – acceso a los recursos productivos, a productos alimenticios y a sistemas de protección social – permiten en efecto una seguridad alimentaria reforzada. Así, estos sistemas transcienden cualquier cambio en el panorama político, económico y agrícola, lo que permite ganarle importantes batallas al hambre", subrayó.

El Relator De Schutter utilizó su informe final ante la Asamblea General de la ONU, después de seis años como Relator Especial, para identificar qué países han experimentado verdaderos progresos en la aplicación del derecho a la alimentación; detallar qué procesos han seguido para ello; y proponer además medidas adicionales de posible aplicación para convertirlo en un derecho plenamente operativo.

Su informe se fundamenta en las once misiones nacionales realizadas durante su mandato, además de las contribuciones de toda una serie de Estados de todas las regiones, y las consultas regionales sobre el derecho a la alimentación organizadas en América Latina y el Caribe (2011), África Oriental y Meridional (2012) y África Occidental (2013).

“Los países y regiones que más han avanzado en la realización del derecho a la alimentación, son aquellos en los que las múltiples contribuciones interdependientes por parte de actores estatales y no estatales hacen que ambas partes sean responsables mutuamente", subrayó el experto de la ONU.

Gobiernos

“El primer paso es que los Gobiernos confieran al derecho a la alimentación una sólida base jurídica, a través de su inclusión en sus respectivas constituciones y derechos. Durante la última década, varios países de América Latina y África han abierto un camino que otros pueden seguir ahora".

    •  Sudáfrica, Kenia, México, Costa de Marfil y Níger ya han dado protección constitucional directa al derecho a la alimentación, mientras que en El Salvador, Nigeria y Zambia ya se han iniciado diversos procesos de reforma en este sentido.
    • Argentina, Guatemala, Ecuador, Brasil, Venezuela, Colombia, Nicaragua, y Honduras han adoptado leyes marco relativas al derecho a la alimentación, a menudo bajo la denominación “Leyes para la Seguridad Alimentaria y Nutricional”. Otros países de América Latina están inmersos en el proceso de adopción de medidas similares.
    • Países como Uganda, Malawi, Mozambique, Senegal y Malí han adoptado, o están en proceso, leyes marco relativas a la agricultura, la alimentación y la nutrición que consagran los principios basados en los derechos relativos a las prerrogativas y el acceso a la alimentación

Sin embargo, el experto de la ONU explicó que garantizar la protección legal del derecho a la alimentación no es un fin en sí mismo para los gobiernos, sino que a partir de ahí se espera de dichos gobiernos que elaboren estrategias nacionales para la realización concreta de este derecho.

Tribunales de Justicia

"A menudo operamos según la concepción errónea de que el derecho a la alimentación no es igual que los derechos políticos, como, por ejemplo, la libertad de expresión. Sin embargo, los derechos económicos y sociales – a la alimentación, al agua, a la vivienda, a la protección social, etc. – son igual de reales y vinculantes y pueden ser igualmente defendidos de forma legítima ante los tribunales".

“"Los tribunales nacionales y regionales, en su defensa sistemática del derecho a la alimentación, pueden ayudar a establecer precedentes importantes y hacer que el derecho a la alimentación sea plenamente justiciable", añadió el Sr. De Schutter, destacando algunas sentencias emblemáticas para el derecho a la alimentación:

    • El Tribunal Superior de Justicia de Sudáfrica ordenó una revisión de la Ley relativa a los Recursos Marinos Vivos y la creación de una Política específica para las pesquerías tradicionales de forma que se garantizasen los derechos socio-económicos de los pescadores de pequeña escala (2012).
    • La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y el Tribunal de Justicia de la CEDEAO decidieron que Nigeria había vulnerado el derecho a la alimentación del pueblo Ogoni, al no proteger sus tierras de los daños ambientales en el Delta del Níger (2012).
    • El Tribunal Supremo de la India, tras una causa de interés público, dictaminó que debían aplicarse y ampliarse varios programas sociales para proporcionar un mínimo nutricional básico para todos, basado en el "derecho a la vida” protegido por la Constitución (2001).
    • En Nepal, el Tribunal Supremo emitió una orden provisional en 2008, en línea con los requisitos constitucionales, para el envío inmediato de alimentos a varios distritos a los que no llegaban los programas de reparto de alimentos.

Las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (NHRIs)

“Las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, NHRIs, como las Comisiones Nacionales de Derechos Humanos, la figura del Defensor del Pueblo o los Procuradores de los Derechos Humanos son una parte esencial del aparato. Estas instituciones pueden desempeñar un papel de liderazgo a la hora de supervisar el cumplimiento del derecho a la alimentación, analizar las reclamaciones presentadas por las personas agraviadas, exhortar a las autoridades judiciales o emprender acciones ante los consejos de seguridad alimentaria y nutricional”.

    • En Argentina, la Defensoría del Pueblo solicitó en 2007 al Tribunal Supremo que ordenase al Estado Nacional y al Gobierno de la provincia de Chaco proporcionar alimentos y agua potable a las comunidades indígenas Toba de la provincia.
    • En Guatemala, la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos tiene el mandato de supervisar la aplicación de la política nacional de SAN, y ha puesto de relieve los fallos de coordinación y las deficiencias de financiación.
    • La Comisión de Derechos Humanos en Uganda ha tenido gran influencia en la Ley Nacional 2011-16 sobre Alimentación y Nutrición a través de su recomendación para la adopción de un enfoque basado en los derechos humanos.

Sociedad Civil

“La sociedad civil desempeña un papel indispensable en muchos ámbitos: impulsando movimientos en defensa del derecho a la alimentación, participando en el diseño de políticas, contribuyendo a su evaluación y desarrollando nuevas formas de atribuir responsabilidades”.

    • La reforma de 2011 para la introducción del derecho a la alimentación en la Constitución mexicana se consiguió gracias a los 20 años de campaña de los grupos de la sociedad civil, en el marco del "Frente por El Derecho a la Alimentacion".
    • La sociedad civil brasileña estableció su propia figura del Relator Nacional para los Derechos Humanos relativos a la Tierra, el Territorio y la Alimentación, cuya legitimidad le permite convertirse en un interlocutor frente a las autoridades.
    • La Campaña en defensa del Derecho a la Alimentación en la India se sirve de las auditorías sociales y de las leyes relativas al derecho a la información para evaluar el cumplimiento de las decisiones judiciales por parte de las autoridades, por ejemplo, la distribución de alimentos subvencionados o el reparto de las comidas escolares.

Parlamentarios

“La dedicación de los parlamentarios por el derecho a la alimentación ha ayudado a inspirar e impulsar movimientos en defensa del derecho a la alimentación, especialmente en América Latina", destacó el Relator Especial.

    • El Frente Parlamentario contra el Hambre sirve como una red para el intercambio de buenas prácticas entre los diputados de los Parlamentos de América Latina para fomentar la adopción de actos legislativos que protejan el derecho a la alimentación. Este Frente ha permitido además crear otros frentes parlamentarios nacionales.

En 2014, el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial revisará la primera década de aplicación de las Directrices Voluntarias sobre el Derecho a la Alimentación, aprobadas en Roma en 2004. Con ocasión de esta revisión, se invitará a los países a que reflexionen sobre los progresos realizados y los obstáculos encontrados. El informe del Relator contribuye también a esta revisión.

(*) Lease el informe: 'Evaluación de una década de progreso del derecho a la alimentación'.

See the infographic: El ejercicio del derecho a la alimentación: un proceso de múltiples actores.

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